entencia estimatoria del Juzgado Social nº 1 Tarragona contra la empresa Acciona Multiservicios que ostenta la contrata de la limpieza de los Hoteles de Port Aventura. Empresa Multiservicios que pretendió aplicar un convenio colectivo de centro a todos los centros de trabajo de nueva creación, lo que en el caso de las contratas y subcontratas resulta ser el mecanismo más fácil para reducir costes laborales. El argumento central de la demanda y que ahora estima el Juzgado es que en las empresas multiservicios, con actividades del todo singulares, no hay una actividad preponderante y rige la especialidad por rama de actividad, y que los convenios de centro no se pueden aplicar a centros de nueva creación que tienen su propia representación para negociar por lo que no pueden ser vinculados por convenios cuyo verdadero ámbito de negociación es ajeno a estos.
Esta argumentación supone una garantía contra esta ingeniería consistente en crear pequeños convenios de centro con una pretensión de convenio de empresa, abarcando a todos los centros actuales y futuros. Un despropósito. Y lo bueno es que ya no hay que impugnar el Convenio citado, sino considerar que estamos ante un convenio de centro que no resulta aplicable fuera de tal centro por mucho que diga otra cosa. En consecuencia pedimos la aplicación del respectivo convenio sectorial.
Luis Ezquerra AEF del Gabinet Jurídic
UGT de Catalunya
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