
Se ha procedido a la firma del convenio estatal de la empresa de servicios Mega-2. El convenio
ha sido firmado por unanimidad de la representación empresarial y por la mayoría de la
representación social con los votos favorables del sindicato USO, que ostenta el 55,556% de
representación en la omisión negociadora y del sindicato SPV que ostenta el 16,667% de la
representatividad.
Sin entrar a valorar el texto del convenio UGT rechaza la forma de este convenio, al igual que ha
empresa de servicios de SECURITAS, en el marco de cumplir con de las resoluciones
Confederales emanadas del 42 Congreso Confederal de UGT, recogidas en el Programa de
Acción, Titulo II La Acción a Desarrollar: Por el empleo de calidad, Ia igualdad y Ia protección
social, como objetivo primero es crear empleo de calidad y recuperar derechos laborales, apartado
4, Regular las nuevas formas laborales, el Congreso Confederal RESUELVE que "Aquellas
negociaciones de convenios de empresa multiservicio que se encuentren ya abiertas, deberan
garantizar Ia aplicación al personal de las plantillas que intervenga en Ia ejecución de
una actividad para una empresa cliente, de las mismas condiciones, salariales y laborales, que
tengan las plantillas de Ia empresa clie
Las mismas Resoluciones Confederales establecen, en el mismo Programa de Acción que
UGT exige Ia adopción de disposiciones normativas para alcanzar el objetivo de equiparar
los derechos de los trabajadores de las empresas multiservicio con los de Ia empresa donde
prestan sus servicios. Desde Ia negociación colectiva no se concluirán acuerdos o convenios
que posibiliten que las trabajadoras y los trabajadores contratados a través de empresas
multiservicios tengan derechos inferiores a los que las empresas para las que prestan
servicios, persiguiendo, en cualquier caso, mejorar las condiciones de trabajo de dichos
trabajadores y trabajadoras.
Lamentamos que tanto USO como SPV no entiendan la importancia de poner el foco en la
precariedad de las plantillas de las empresas de servicios y perder la oportunidad de que las
plantillas de trabajadores/as de este tipo de empresas vean sus condiciones laborales y
salariales equiparadas a las de las plantillas del cliente para el que trabajan.
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