sábado, 25 de marzo de 2017

Una imagen vale más que mil palabras para justificar un despido


Las imágenes tomadas por cámaras de videovigilancia servirán como prueba para despedir a un trabajador
No será necesario tener el consentimiento explícito del empleado para la grabación
Las grabaciones efectuadas por las cámaras de videovigilancia en el lugar de trabajo son ya una prueba fehaciente en los tribunales de lo Social para causas de despido. Si bien en el año 2000 una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) ratificó la validez de este medio como prueba, cada caso planteado desde entonces ha dado pie a diferentes interpretaciones y a resoluciones judiciales dispares. No obstante, la coincidencia en los últimos meses de dictámenes en los que se ha aceptado como demostración válida de causa de despido las imágenes registradas por una cámara de seguridad han instado al Supremo a resolver que era preciso unificar la doctrina.
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