ASESORÍA LABORAL
Que hacer cuando hay subrogacion:
la empresa nueva adjudicataria te debe comunicar su condición de nuevo empresario y que pasas subrogado a la misma, con las mismas condiciones que tenías anteriormente. El pase de una a otra es automático, sin solución de continuidad.
En cuanto a la naturaleza del contrato de trabajo, tiene la obligación de subrogarte e integrarte en la plantilla, con el mismo tipo de contrato, no se tiene que firmar un contrato nuevo ya que el actual es el vigente.
De no hacerlo, y no integrarte en la nueva empresa, tienes que demandar bajo la modalidad de despido, demandando tanto a la empresa saliente como a la entrante en el plazo de 20 días desde el momento que no te dan trabajo efectivo, si no hay comunicación con carta de despido.
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