Este grupo de medidas incluye otras mejoras en el procedimiento de adjudicación, como la referencia al cumplimiento del período medio de pago por parte de las empresas, que podrá ser requisito adicional en materia de solvencia; y se introducen elementos de disciplina en la ejecución de los contratos, de tal forma que el poder adjudicador impondrá sanciones cuando se produzcan incumplimientos o retrasos reiterados en el pago de los salarios, o se apliquen condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos.
Leer mas en la fuente: elpais.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.