El pasado día 13 en la reunión del comité Intercentros y la Empresa se procedió a la modificación del Convenio Colectivo en los siguientes aspectos:
. Modificación del art. 28, 31, 43 y 44, en lo que respecta a la categoría de Jefe de Turno, incluyendo la misma y dando funciones que no fueron adaptadas en la negociación del convenio.
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