viernes, 22 de marzo de 2019

APUNTE LABORAL: PERMISO POR PARTO, A LOS FAMILIARES DE 2º GRADO

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Cuando una mujer da a luz, en el hospital, es un ingreso hospitalario, y los familiares de de hasta segundo grado, tienen el permiso que establece el artículo 37.3.b) por “hospitalización”
A pesar de que hace mucho tiempo esto está despejado en tribunales, aun hay empresas que no conceden este permiso a los trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37. 3 b) establece que:
El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
• b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

Es decir, atendiendo a este redactado, se tiene permiso los familiares cuando “HOSPITALIZAN” a la madre y ella es familiar de segundo grado del trabajador que puede tomarse el permiso
Muchos empresarios, jefes de RRHH, etc, tratan de colarnos que el permiso es solo para el padre, sin embargo los tribunales ya han dejado claro que como existe hospitalización, es además de un alumbramiento, una situación de “HOSPITALZACION”, por lo tanto, tienen también permiso los familiares de hasta segundo grado.
Basta pues con la hospitalización para que se genere el derecho al permiso, sin que sea preciso que sufra una enfermedad más o menos grave. Esto lo resolvió claramente la sentencia del Tribunal Supremo de 23.04.09 y la sentencia de la Audiencia Nacional de 26.03.10.
UN ULTIMO APUNTE, cuando ingresan u hospitalizan a un familiar, nunca se debe decir el motivo de la hospitalización o del ingreso. Como justificación a la empresa solo le interesa el documento que certifica que ha existido un ingreso o una hospitalización, pero nadie (la empresa) puede preguntar el motivo, y tampoco una persona puede decirlo, porque ello es entrar en la intimidad sanitaria de una persona, y ello no debe hacerse debido a la ley de protección de datos

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