UGT califica de paso atrás la sentencia del Tribunal Constitucional, que no considera discriminatorio que la duración del permiso de paternidad sea inferior al de maternidad, y entiende que la misma no es acorde con el principio de igualdad recogido en la Constitución.
► No hay ninguna razón que justifique la diferencia entre el permiso de maternidad y de paternidad, puesto que las tareas de cuidado de los hijos/as pueden y deben realizarlas por igual padres y madres.
► Es necesario adoptar medidas eficaces para incentivar la corresponsabilidad en el cuidado de hijos e hijas.
Leer mas en la fuente: ugt.es
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