
El caso que ha motivado esta resolución era el de un vigilante de seguridad que tenía reducción de jornada por cuidado de hijo y cuyo despido fue declarado nulo. La empresa que lo despidió pretendía pagarle en concepto de salario de tramitación lo correspondiente a la retribución que recibía por su horario reducido en vez de la debida por la jornada completa.
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