Partiendo de la base de que esta profesión conlleva riesgos, UGT considera que no es de recibo que no tengan consideración de agentes de la autoridad si son auxiliares de la autoridad pública en una situación de alerta 4 de nivel antiterrorista.
«Las agresiones que recibimos no pueden quedar en una simple y mera falta, en una condena leve por agresión. El agredir a un agente de autoridad es un delito que conlleva penas de uno a cuatro años de prisión; hay que tener presente que la Ley de Seguridad Privada obliga a los vigilante a intervenir ante cualquier circunstancia que infrinja las leyes en sus puestos de trabajo», ha añadido.
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