En el caso de la vigilante lucense quien denegó el certificado médico que acreditaría el riesgo del puesto de trabajo de la vigilante, que hacía algunos turnos de noche, fue Mutua Umivale. Este rechazo, según recoge la sentencia europea, está basado en unas orientaciones de la Asociación Nacional de Pediatría, que hace referencia a que el trabajo por turnos y el nocturno no presentan riesgos para la lactancia.
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