lunes, 26 de junio de 2017

APUNTE LABORAL: Perdida de derechos si el trabajador voluntariamente no quiere renovar un contrato temporal.

Si el trabajador no renueva un contrato temporal por voluntad suya, no tendrá derecho ni a Paro ni a Indemnización

Un contrato temporal tiene una fecha para su finalización, pero se prorrogan llegada la fecha si ni la empresa ni el trabajador se comunican nada y se sigue trabajando.

Es decir, que una vez alcanzado el plazo establecido en el contrato temporal, la parte que no quiera continuar la relación laboral, ya se la empresa o el trabajador, tendrá que notificar su intención de no renovar el contrato.

Si es la empresa la que no quiere renovar, el trabajador tiene derecho a una indemnización, al finiquito (pagas extras y vacaciones generadas y no disfrutadas) y derecho a percibir la prestación por desempleo.

(En los casos de contrato formativos y de interinidad no habrá indemnización pero si finiquito)




COMUNICACIÓN ESCRITA

La legislación no exige ningún tipo de formalidad en cuanto a la forma de notificar a la empresa. No obstante, y a los efectos probatorios en caso de necesidad, es recomendable que todas las comunicaciones con la empresa sean por escrito con una copia del recibí sellado por la empresa.




LA INDEMNIZACIÓN, EL FINIQUITO Y EL PARO

FINIQUITO.

Como cualquier extinción del contrato el trabajador tiene derecho a finiquito. Éste debe de contener, al menos, los siguientes conceptos:

  • Pagas extras si es que no están prorrateadas.
  • Vacaciones generadas y no disfrutadas en el año.


INDEMNIZACIÓN

Sin embargo si es el trabajador el que no quiere renovar el contrato, el trabajador no tiene derecho a indemnización, ya que se asimila a una baja voluntaria.



DESEMPLEO:

Al igual que en el caso de la indemnización, si es el trabajador quien no quiere renovar el contrato de trabajo, entonces no tendrá derecho a solicitar la prestación por desempleo, ya que se considera una baja voluntaria por parte del trabajador.

Esta circunstancia, es decir, la voluntad del trabajador de no renovar el contrato, será conocida por el SEPE a través del certificado de empresa que debe entregar la empresa al SEPE. Y este no podrá tramitar las prestaciones del paro.

Para cobrar el paro, tendrá que encontrar un nuevo empleo y que este finalice por una causa no imputable al trabajador, Es decir, el nuevo contrato no puede finalizar tampoco por una no renovación voluntaria o por no superar el periodo de prueba.




ATENCIÓN CON UNA BAJA VOLUNTARIA Y UN ALTA, EN EL PLAZO DE 3 MESES

Es importante saber y tener en cuenta que si dejas voluntariamente un contrato de trabajo, y firmas en otra empresa un nuevo contrato, la legislación especifica que si la causa de no renovación de no renovación del segundo contrato fuera por no superar un periodo de prueba, obligatoriamente deberá pasar un periodo de tres meses entre los dos contratos para que se tenga derecho al desempleo.

Es recomendable que transcurra pues, un periodo superior a tres meses entre la no renovacion y la finalizacion del contrato ya que aunque la legislación no indica de manera exacta, en todos los casos, cuanto tiempo ha de transcurrir, será recomendable, si tu ultima baja fue voluntaria, siempre los tres meses entre contrato y contrato, para que el SEPE no ponga problemas.

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