El GPS de los coches de empresa también tiene que cumplir la jornada laboral. Esta afirmacion se desprende de la reciente sentencia del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, SALA DE LO SOCIAL, SENTENCIA 3058/2017 DE 27 DIC. 2017, REC. 2241/2017, la cual recoge que La empresa tiene que garantizar a l@s representantes/as de l@s trabajadores/as que el dispositivo de geolocalización implantado en los vehículos de motor utilizados por l@s trabajadores/as no estará operativo a partir del momento en que finalice la jornada laboral.
leer mas en la fuente: fesmcmadrid.org
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.