lunes, 10 de julio de 2017

Sobre cuestiones diversas relacionadas con la impartición de formación permanente por parte de los centros de formación del personal de seguridad privada.

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ANTECEDENTES

El representante de la empresa de seguridad privada, mediante escrito dirigido a esta Unidad, y en relación con la impartición de los cursos de formación permanente a vigilantes de seguridad, solicita aclaración sobre las siguientes cuestiones planteadas:

· Si el hecho de que un vigilante de seguridad manifieste su negativa a realizar los cursos de formación permanente puede ser constitutivos de infracción administrativa.

Si el trabajador está obligado a la realización de tales cursos de formación permanente.

Si la empresa de seguridad incurre en algún tipo de responsabilidad ante la negativa del trabajador a realizar los referidos cursos.

Ver Informe en PDF:
https://drive.google.com/file/d/0By1vt8pth4BMRGUwV2FNVURTbEk/view?usp=sharing

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