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lunes, 10 de julio de 2017
Sobre cuestiones diversas relacionadas con la impartición de formación permanente por parte de los centros de formación del personal de seguridad privada.
ANTECEDENTES
El representante de la empresa de seguridad privada, mediante escrito dirigido a esta Unidad, y en relación con la impartición de los cursos de formación permanente a vigilantes de seguridad, solicita aclaración sobre las siguientes cuestiones planteadas:
· Si el hecho de que un vigilante de seguridad manifieste su negativa a realizar los cursos de formación permanente puede ser constitutivos de infracción administrativa.
Si el trabajador está obligado a la realización de tales cursos de formación permanente.
Si la empresa de seguridad incurre en algún tipo de responsabilidad ante la negativa del trabajador a realizar los referidos cursos.
Ver Informe en PDF:
https://drive.google.com/file/d/0By1vt8pth4BMRGUwV2FNVURTbEk/view?usp=sharing
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