domingo, 2 de julio de 2017

APUNTE LABORAL- VESTUARIO QUE SE HA DE ENTREGAR A LOS VIGILANTES DE SEGURIDAD

SECCIO SINDICAL UGT SECURITAS CATALUNYA

Según recoge el Convenio de Seguridad en su Art. 75.

A cada vigilante al iniciar la relación laboral con la empresa se le entregara las siguientes prendas de trabajo:

Tres camisas de verano, tres de invierno, una corbata, dos chaquetillas, dos pantalones de invierno y dos de verano, un par de zapatos. y la guarnición correspondiente para la realización de sus funciones ( Grilletes, defensa, cinturón, porta defensas, funda de arma si se realiza servicio armado).
En los servicios en el exterior se hará entrega de la ropa adecuada para su realización (Abrigo, chubasquero etc..)

Referente a la renovación de estas prendas lo que estipula el Convenio es que se entregaran un juego de zapatos anualmente, el resto de prendas se renovara cada dos años y la guarnición se cambiara cuando se deteriore, estos plazos se entienden como plazos máximos, pues cualquier prenda que se deteriore por casos de fuerza mayor antes de estos plazos, se tendrá que renovar.

Las prendas que haga entrega la empresa tienen que ser nuevas.

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