miércoles, 7 de junio de 2017

APUNTE LABORAL: Artículo 75. Uniformidad.

En el tema de vestuario el convenio dice que se nos hara entrega cada 2 años de tres camisas de verano, tres camisas de invierno, una corbata, dos chaquetillas, dos pantalones de invierno y dos pantalones de verano, y cada año un par de zapatos, tambien habla que en caso de deterioro se cambiara las prendas que se estropeen, sin necesidad de llegar al periodo maximo fijado para su cambio

Artículo 75. Uniformidad.
Las Empresas facilitarán cada dos años al personal operativo las siguientes prendas de uniforme: tres camisas de verano, tres camisas de invierno, una corbata, dos chaquetillas, dos pantalones de invierno y dos pantalones de verano.
Igualmente se facilitará cada año un par de zapatos.
Asimismo se facilitará, en casos de servicios en el exterior las prendas de abrigo y de agua adecuadas.
Las demás prendas de equipo se renovarán cuando se deterioren.
En caso de fuerza mayor, debidamente probada, se sustituirán las prendas deterioradas por otras nuevas.
Las Empresas mejorarán la calidad de todos los elementos del uniforme arriba descritos.
Las prendas de uniforme a entregar al Guarda Particular de Campo serán en las mismas unidades que al Vigilante de Seguridad, añadiéndose aquellas otras distintivas exigidas por las disposiciones legales correspondientes.


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