martes, 11 de abril de 2017

La protección jurídica del personal de seguridad privada en España


a aprobación de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada, supone una nueva era en la regulación de esta materia, clave para poder garantizar a nuestra sociedad, como ya hemos visto en anteriores artículos, el derecho a la seguridad que recoge el artículo 17 de nuestra Constitución.
En ella se regulan entre otras las actividades, empresas, servicios y personal de seguridad privada. Es precisamente el personal operativo de seguridad privada, unos 80.000 vigilantes en activo, por la propia naturaleza de muchos de los servicios que realiza, un recurso capital hoy día, como complemento de la seguridad pública, cada vez más mermada en sus recursos materiales y humanos.
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