lunes, 10 de abril de 2017

APUNTE LABORAL- La cotización a la Seguridad Social, cuando pides una reducción de jornada por cuidado de hijos menor de 12 años o familiares con problemas de salud.


(Art.37.6 Estatuto de los Trabajadores)

Cuando pides este tipo de reducción de jornada, se mantienen durante un tiempo las siguientes cotizaciones al 100% y por tanto no pierde derechos el trabajador/a
1. Jubilación.
2. Incapacidad permanente.
3. Muerte y superviviencia.
4. Maternidad y paternidad.
Pero estas cotizaciones se mantienen solo durante el siguiente tiempo:
2 AÑOS, en caso de Reducción por cuidado de hijo.
1 AÑO, en caso de Reducción por cuidado de un familiar con problemas de salud
Ahora bien, una vez pasado este tiempo, la cotización del trabajador/a disminuirá y solo cotizará por el tiempo que realmente trabaje
Para paliar los efectos de esta reducción de cotizacion, los trabajadores pueden suscribir un CONVENIO ESPECIAL con la Seguridad Social.
Ello quiere decir que el trabajador/a puede pagar voluntariamente la pate de cotización que está perdiendo para no verse perjudicado en un futuro.
La solicitud del CONVENIO ESPECIAL debe realizarla ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente al domicilio del solicitante.
Este CONVENIO ESPECIAL complementará la cotización correspondiente a las situaciones y contingencias:
Jubilación
Incapacidad permanente
Muerte y supervivencia
El convenio se puede suscribir en cualquier momento.
RECORDAR que en esta reducción de Jornada, si tiene dos derechos que ya los otorga la ley sin necesidad de que el trabajador haga nada.
1º.- Si tuviera que coger el paro cobraría como si hubiera trabajado al 100% de su jornada
2º.- Si es despedido, la indemnización la cobraría como si hubiera trabajado al 100% de su jornada

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