martes, 7 de febrero de 2017

Contestación de la empresa a la solicitud de reingreso. Opciones.


Los mayores problemas y riesgos que suele tener pedir una excedencia voluntaria deriva de justamente que solo se tiene una derecho de reingreso preferente en caso de haber vacantes. Veamos que pasa en cada situación dependiendo de la respuesta de la empresa:
  • La empresa acepta la solicitud y ofrece al trabajador el reingreso en un puesto de igual o similar categoría: en este caso no hay problemas y el trabajador volverá a trabajar después de la excedencia
  • La empresa no acepta la solicitud y niega el reingreso: la negativa a reingresar al trabajador tiene que ser clara, quedando patente la voluntad de la empresa de que el trabajador no vuelva a prestar servicios. No es la situación de que meramente indique que en ese momento no existen vacantes. En el caso de ser una denegación expresa y clara de reingresar, el trabajador podrá demandar a la empresa por despido, ya que se le niega volver a la plantilla de la empresa y se entiende por finalizada la relación laboral
  • La empresa no acepta la solicitud pero no niega el reingreso: sería el caso de que la empresa indique que actualmente no tiene ninguna plaza disponible de igual o similar categoría, por lo que no puede reincorporar al trabajador. En este caso no se da por finalizada la relación laboral y no se puede demandar por despido.
Será la empresa quien tiene la obligación de probar la inexistencia de esa vacante, o que la vacante se ha cubierto con un trabajador que tenía más derecho a la reincorporación (por tener derecho a la reserva del puesto de trabajo, o haber solicitado el reingreso antes, por ejemplo).
En los casos de que sepa que la empresa está haciendo contrataciones o procesos selectivos,  o se tenga constancia de la existencia de vacantes, el trabajador podrá demandar a la empresa reclamando su derecho al reingreso y a su puesto de trabajo.Además es conveniente que el trabajador pida periódicamente el reingreso, para que quede patente que hace valer su derecho y que la empresa deba de probar la falta de vacantes en cada momento.
  • La empresa no contesta: en ese caso sería recomendable demandar tanto por el derecho al reingreso y al puesto de trabajo, como por despido.

¿En qué situación quedo si la empresa me indica que no tiene plazas vacantes?
El trabajador al cual se le indica que no se le puede reincorporar por no haber vacantes, pero que no se puede considerar despedido, se queda en una especie de limbo. No se puede decir que la excedencia continúa, pero tampoco ha reingresado en la empresa.
En el caso de que el trabajador ya estuviese cobrando la prestación por desempleo, por haber tenido otro trabajo durante la excedencia y haberla pedido al finalizar el contrato, podrá seguir recibiendo el paro. Si no estuviera cobrando la prestación, una vez que la empresa ha denegado el reingreso, el trabajador podrá pedir el paro si tiene derecho a él por sus cotizaciones acumuladas y no consumidas.
En ambos casos, se cobrará el desempleo hasta que la empresa finalmente readmita al trabajador, o hasta que se agote la prestación.

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