lunes, 13 de febrero de 2017

¿Como actuar ante un despido?


En muchas ocasiones debido a la presión y a lo desagradable de la situación cuando nos comunican que vamos a ser despedidos, cometemos errores que luego nos pueden perjudicar.

Por ello, vamos a indicar que acciones realizar para evitar errores que luego le impidan reclamar.

¿Como actuar ante un despido?

    Firme la carta de despido y junto a tu firma escribe en mayúsculas, la fecha y, bien claro, “no conforme” o “recibida no conforme”. Usted debe llevarse una copia.
    Si la empresa tiene preparados los cheques para pagarle la última nómina y el finiquito que le propone, compruebe que los cheques coinciden con las cantidades de la nómina y el finiquito propuesto y firme usted ambos documentos con la fecha y, bien claro “no conforme”.
    Si la empresa no le va a pagar en ese instante la última nómina y el finiquito que le proponen, NO FIRME el finiquito, ni la última nómina.
    Quédese con una copia de la liquidación. Si la empresa no se la da porque no la ha firmado, apúntese las cantidades y conceptos.
    Póngase en contacto con un abogado especializado, para que pueda comprobar que su despido se encuentra dentro de la legalidad y que las cantidades son correctas.

Pida a la empresa los siguientes documentos:

    Carta de despido con la fecha de rescisión del contrato y los motivos de dicha rescisión. Hasta que no tenga usted esta carta de despido, no está legalmente despedido por lo que deberá acudir a su puesto de trabajo como cada día, a la hora que indique la citación.Aunque la situación pueda ser violenta, es importante que lo haga así porque, de lo contrario, podrían decir que “ha abandonado su puesto de trabajo”. Incluso es bueno cubrirse y acudir a trabajar con dos testigos.
    Última nómina contando hasta la fecha que la recibe (y su cheque).
    Finiquito o liquidación contando hasta la fecha en que la recibe (y su cheque).
    Certificado de empresa (necesario para inscribirse en el INEM).

 

El Preaviso.

En el caso de que el trabajador vea extinguida su relación laboral mediante un despido objetivo la empresa deberá dar un preaviso de 15 días al trabajador, entre el momento en el que le entregan la carta y el día que el despido es efectivo.

El trabajador durante este preaviso tiene derecho a una licencia retribuida de 6 horas semanales para buscar un nuevo trabajo.

La empresa puede sino también optar por pagar estos 15 días de preaviso, o los días que falten de preaviso hasta completar los 15.

Rechazar la entrega de la carta de despido no sirve de nada.

En ocasiones el trabajador cuando va a ser despedido se niega a firmar la carta de despido, pero esa conducta no va a evitar el despido, solo lo va a retrasar.

En ese caso la empresa puede hacer que dos testigos firmen la carta de despido que atestigüe que se intentó dar la carta de despido, o que incluso se dio la carta pero que aun así el trabajador no firmó.

Además la empresa mandará la carta de despido mediante burofax y de este método equivaldrá a la entrega y firma de la carta.

El plazo para recurrir el despido es de 20 días desde que se notifica.

El trabajador dispone de un plazo de 20 días para presentar una demanda judicial que impugne el despido. En la misma demanda debe explicar los motivos por los que considera injusto y la solicitud de la cuantía correspondiente como indemnización.

Si el trabajador no presenta la demanda durante los 20 días posteriores a la notificación del despido, se da por hecho que está de acuerdo con el despido y pierde el derecho a reclamar.


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